La tipificación de las jornadas de trabajo superiores a la ley como delito de explotación laboral puso nuevamente el tema del tiempo de trabajo en la agenda de discusión y los datos indican que el panorama de México en esta materia no es alentador. De hecho, laborar muchas horas por encima de lo permitido es una característica de nuestro país.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), en México cerca de 4.8 millones de empleados tienen una jornada laboral superior a las 56 horas por semana; es decir, trabajan más del límite legal, incluyendo en ello el tiempo extra permitido.
Esta cifra engloba a trabajadores subordinados, en otras palabras, con un empleador. Y representan el 12% de todos los asalariados del país. Adicionalmente, cerca de 5.1 millones de trabajadores tiene jornadas de entre 48 y 56 horas semanales.
La extensión de las jornadas laborales, “es una cuestión histórica de la estructura del mercado laboral mexicano. Y tiene que ver más con un aspecto de política laboral que dinámica del mercado de trabajo, es parecido a lo que ocurrió con el salario mínimo que permaneció estático por tres décadas”, opina Axel Eduardo González, coordinador de Datos de México, ¿Cómo Vamos? (MCV).
Y el tiempo de trabajo en México con relación a los niveles de productividad, dice el especialista, siguen generando una gran paradoja. “En economías como Canadá, Estados Unidos, Francia o Corea del Sur con jornadas menores, se observa una productividad mayor. Hallazgos recientes en la literatura económica muestran que las jornadas laborales prolongadas tienen impactos negativos en la productividad”.
En eso coincide Ana Bertha Gutiérrez, coordinadora de Comercio Exterior y Mercado Laboral del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO). “Es algo que reduce la productividad, la cual tenemos estancada desde hace décadas. Aunque suena a veces contraintuitivo, las jornadas que permitan más ese balance entre trabajo y ocio, también lleva a mayor productividad laboral, pero es algo que en México no terminamos de entender o implementar”.
En junio entró en vigor la reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. Con esta modificación se tipificaron las jornadas de trabajo superiores a las establecidas en la Ley Federal del Trabajo (LFT) como delitos de explotación laboral.
Su discusión en el Congreso de la Unión tuvo pocos reflectores, pero luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la reforma acaparó la agenda pública por las implicaciones: penas de cárcel y sanciones económicas en casos de incumplimiento normativo.