La Secretaría de Gobernación (Segob) ha anunciado sanciones severas para los empleadores que impongan jornadas laborales superiores a las ocho horas diarias, estipuladas por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Según el reciente decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las penas podrían llegar hasta los 12 años de cárcel.
Además de la pena de prisión, los infractores enfrentarán multas significativas. Las sanciones económicas oscilarán entre 12.4 y 17.4 millones de pesos, esta última cifra aplicable cuando las violaciones se cometan contra personas de comunidades indígenas o afromexicanas.
Esta medida forma parte de una reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
La Segob subrayó que estas penas buscan combatir la explotación laboral, una forma de trata de personas, mediante adiciones al Artículo 21 de la mencionada legislación. Así, cualquier persona, patrón o empresa que infrinja la normativa laboral enfrentará consecuencias severas.
La estadística de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) resalta la relevancia de esta reforma. México es el país miembro de la OCDE donde se trabajan más horas al año, con un promedio de 2,137 horas por trabajador, equivalente a 8.41 horas diarias y 50.48 horas semanales.