Al Congreso del estado ingresó una iniciativa para penar los actos de zoofilia que se cometan en Puebla.
La propuesta, impulsada por diferentes organizaciones animalistas, busca reforma al Código Penal para establecer sanciones de uno a ocho años de prisión y multa de 100 a 400 Unidades de Medida y Actualización a quien cometa actos de zoofilia, su promoción, incitación, así como la venta o divulgación.
Para efectos de este artículo, se entiende por utilización de un animal con fines sexuales a la consumación de actos de zoofilia, su promoción, incitación, así como la venta o divulgación por cualquier medio de material pornográfico de animales.
Asimismo, se entiende como actos de zoofilia a los actos eróticos, sexuales y/o la introducción por vía vaginal, anal o bucal del miembro viril o cualquier parte del cuerpo u objeto en un animal con la intención de realizar una agresión de carácter sexual.
Si la realización de los actos antes descritos provoca la muerte del animal, se impondrán de cuatro a ocho años de prisión y multa de trescientas a quinientas unidades de medida y actualización vigente al momento que se cometa el delito.
Para ello se adiciona el artículo 474 Quinquies al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Sin embargo, las penas no incluyen a quienes cometan este tipo de actos y sean menores de edad; a ellos solo se les aplicaría acciones psicológicas o psiquiátricas.