El viernes 1 y el sábado 2 de noviembre, fechas en las que se celebra el Día de Muertos, no son consideradas como días de asueto obligatorio, de acuerdo con lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT) por lo que los empleados deben presentarse con normalidad a sus centros de trabajo.
Aunque algunas empresas dan el 1 y 2 de noviembre como día de descanso, aquellos que deban presentarse a trabajar recibirán su sueldo normal, sin monto extra.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México?
- El 1 de enero (Año Nuevo);
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 (Día de la Constitución)
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez);
- El de mayo (Día del Trabajo);
- El 16 de septiembre (Día de la Independencia);
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- El 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- El 25 de diciembre (Navidad);
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.