Por unanimidad, el Congreso del estado aprobó el dictamen por el que se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.
Con ello, ninguna persona agresora sexual, deudora de pensión alimenticia, o que haya incurrido en violencia familiar, podrá tener un empleo o cargo de elección popular en ninguno de los tres órdenes de gobierno, ya sea municipal, estatal o federal.
Durante la discusión de la propuesta, la diputada Ruth Zárate Domínguez hizo un llamado a no abandonar la defensa de los derechos político-electorales de las mujeres; a trabajar en paz y armonía
Recordó los años que vivió violencia política de género como regidora de Tecamachalco, con el exalcalde, Inés Saturnino
El ahora panista fue liberado del penal de San Miguel ayer 18 de mayo, luego de estar detenido desde noviembre.
En tanto, la legisladora, Yolanda Gámez, confío que dicha legislación, entre en vigor previo al inicio del proceso electoral de 2024, con la intención de cerrar todas las posibilidades que aquellos que hayan ejercido cualquier tipo de violencia aparezcan en las boletas para contender por un cargo popular.
Por su parte, la diputada Mónica Silva Ruiz detalló los supuestos en los que las personas no podrán ser candidatas o candidatos a un cargo de elección popular ni ocupar un cargo público.
La Ley 3 de 3 en lo local tendría las siguientes especificaciones:
– Artículo 36 en la Fracción III: gozar de buena reputación y no haber sido condenado por violencia política de género, ser deudor alimentario o violentador familiar.
– Artículo 74 en la Fracción VI: gozar de buena reputación y no haber sido condenado por violencia política de género, ser deudor alimentario o violentador familiar.
– Artículo 89 Fracción IV: que goce de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, pero si se trata de robo, fraude, abuso de confianza, violencia política de género, violencia familiar y deudor alimentario, se inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena.