La diputada Grace Palomares presentó ante el Congreso del estado una iniciativa para regular el horario de circulación y las vías de tránsito de las pipas que transporten algún tipo de combustible peligroso en Puebla.
Esto, luego de la explosión de una pipa en Iztapalapa, que dejó al menos 20 personas fallecidas.
La legisladora explicó que a nivel federal, el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos prevé la coordinación con estados y municipios para la aplicación de medidas de seguridad; además, la NOM-002-SCT-SEMAR-ARTF/2023 y su NOM-002-1/2023 actualizan el listado y las instrucciones de transporte y embalajes; y, en Puebla, la Ley de Transporte reconoce la carga especializada de materiales y desechos peligrosos y la sujeta a permisos y condiciones técnicas, lo que permite fijar criterios operativos y de supervisión.
Así, esta propuesta se vincula principalmente con los ODS 3, 11, 12, 6 y 9: con el ODS 3 (meta 3.6) por la reducción de muertes y lesiones por siniestros viales; con el ODS 11 (metas 11.2 y 11.5) al promover sistemas de transporte urbanos seguros y disminuir el número de personas afectadas por desastres y emergencias tecnológicas; con el ODS 12 (meta 12.4) al asegurar la gestión ambientalmente racional de sustancias y residuos peligrosos a lo largo de su ciclo de vida; con el ODS 6 (meta 6.3) al prevenir descargas y derrames que deterioren la calidad del agua; y, de forma transversal, con el ODS 9 (meta 9.1) al incentivar infraestructura logística y vial más resiliente y confiable.
La adición propuesta resulta indispensable para salvaguardar la vida y la seguridad de las personas: establecer rutas y ventanas horarias obligatorias para vehículos que transportan materiales peligrosos reduce la probabilidad y la severidad de siniestros en horas de alta afluencia, ordena la operación del sector, facilita la inspección y la trazabilidad, y otorga certeza jurídica tanto a autoridades como a permisionarios.
Se trata de una medida proporcional y preventiva, armónica con el marco federal aplicable y con las competencias estatales en movilidad y tránsito, que además alinea la política pública con la Agenda 2030, poniendo en el centro la protección de las personas y del entorno urbano.
En caso de aprobarse, la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno del Estado de Puebla contará con un plazo de 90 días, posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, para establecer los lineamientos que regulen los horarios de operación y circulación para vehículos que trasladen materiales, sustancias o residuos peligrosos, con base en estudios técnicos de riesgo que para tales efectos emita, en coordinación con otras dependencias del Poder Ejecutivo.