De acuerdo con le Ley Federal del Trabajo, el próximo lunes 18 de marzo es considerado como un día de descanso obligatorio, sin embargo, algunas personas acudirán a sus trabajos de manera habitual, por lo que en esta nota te diremos si deben recibir un salario doble o triple por laborar en esta fecha.
Para empezar a abordar el tema es importante señalar que, según se indica en la Ley Federal del Trabajo, el tercer lunes de marzo se considera como de descanso obligatorio debido a que se conmemora el Natalicio de Benito Juárez, quien también era conocido como “El Benemérito de las Américas” y aunque este ocurrió el 21 de marzo por decreto gubernamental se recorre al lunes anterior inmediato, para generar fines de semana largo, por lo que en este 2024 se descansará al lunes 18 de marzo.
¿Pago doble o triple? Esto cobrarán las personas que trabajen el lunes 18 de marzo
El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo especifica que las personas que acudan a laborar en un día considerado como descanso obligatorio o feriado deberán recibir el pago ordinario del día más un salario doble por el servicio prestado en un día de asueto, lo que quiere decir que los trabajadores deberán cobrar un salario triple por trabajar en estos días.
“Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple”, señala el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.
También es importante tener en cuenta que en la Ley Federal del Trabajo se estipula que en caso de que el día de descanso obligatorio sea domingo, la persona empleadora está obligada a pagar la prima dominical a sus trabajadores y dicho monto es adicional e independiente del pago triple del día.
¿Cuántos días feriados le restan al 2024?
Además del próximo lunes 18 de marzo, la Ley Federal del Trabajo tiene contemplados un total de cinco días de descanso obligatorio para el resto del 2024, con la posibilidad a que se incremente a al menos un día más si es que así lo determinaran las autoridades gubernamentales y electorales, a continuación, enlistamos los días de asueto oficiales para el resto del año:
- 1 de mayo (Día Internacional del Trabajo)
- 16 de septiembre (Día de la Independencia de México)
- Tercer lunes de noviembre (Día de la Revolución Mexicana
- 1 de octubre (Transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
- 25 de diciembre (Navidad)
- Como se dijo antes, existe la posibilidad de que se aumente un día de descanso obligatorio en caso de que las autoridades determinaran realizar elecciones ordinarias.
Con información de elheraldodemexico.com